Reglamentacion del Recibo de Sueldos Alvaro Iriarte
La nueva reglamentación introducida por la Ley de Modernización Laboral (Ley 27.802) y su decreto reglamentario (Decreto 407/2026) busca transparentar la totalidad de los costos asociados a la relación de trabajo y facilitar la información al trabajador
Resumen los puntos principales sobre el Nuevo Recibo de Sueldos
Formato y Entrega
- El recibo puede ser confeccionado en formato papel (entregando una copia fiel del original) o mediante un sistema digital o electrónico que permita la firma del trabajador como constancia de entrega
- Los recibos pueden ser digitalizados y tendrán la misma validez legal que el formato papel
Estructura Obligatoria en 4 Secciones
Según el Decreto 407/2026, el recibo debe dividirse ahora en cuatro secciones claramente diferenciadas:
- Datos de identificación: Incluye nombre/razón social, domicilio y CUIT del empleador; y nombre, calificación profesional, CUIL, fecha de ingreso y categoría del trabajador
- Contribuciones del empleador: Detalle concreto de las contribuciones y conceptos abonados por el empleador (por disposición legal o convencional) relativos a ese trabajador
- Remuneración bruta y deducciones: Indica el total de la remuneración bruta, su forma de determinación (base de cálculo, unidad de medida) y las deducciones por aportes jubilatorios, embargos u otros descuentos legales
- Remuneración neta: El importe neto percibido, expresado en números y letras

Resumen del Costo Laboral Total
Una de las mayores novedades es que el recibo debe incluir ahora un resumen de la composición total del costo laboral
Este resumen debe agrupar los conceptos a cargo del empleador en los siguientes rubros:
- Sindical
- Seguridad Social
- Obra Social
- I.N.S.S.J.P.
- A.R.T.
- Cámaras o entidades empresariales
- Otros rubros
Otras Disposiciones Clave
- Transparencia de cálculos: Los conceptos deben consignarse con indicación clara de su base de cálculo y monto resultante
- Sumas globales: Si el empleador paga sumas globales a un conjunto de trabajadores, estas deben prorratearse proporcionalmente en cada recibo individual
- Conservación: El empleador debe conservar los recibos (físicos o digitales) durante 10 años para fines previsionales y 2 años para obligaciones laborales

- Alvaro Iriarte
- Contador Público UBA
- Especialista en sueldos
- Capacitación y consultoría a empresas.
- Autor del libro “ABC de Sueldos y Jornales” – Editorial La Ley
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