Reglamentacion FAL Fondo de Asistencia Laboral Alvaro Iriarte
El decreto 408/2026 reglamenta el fondo de asistencia laboral de la ley de modernizacion laboral
El Fondo de Asistencia Laboral (FAL) es un sistema creado para ayudar a los empleadores del sector privado a cumplir con el pago de indemnizaciones y otras obligaciones cuando finaliza una relación laboral.
Aquí tienes una explicación simple de cómo funciona:
¿Qué es y para qué sirve?
Es como un fondo de reserva o «ahorro» obligatorio que cada empresa debe tener para cubrir pagos como despidos, preavisos o fallecimiento del trabajador.
El dinero de este fondo pertenece al empleador pero tiene un destino específico: solo puede usarse para pagar esas deudas laborales.
¿Quiénes participan?
Empleadores: Empresas privadas (grandes y PyMEs).
Quedan excluidos el sector público, el personal de casas particulares y la construcción.
Trabajadores: Solo están cubiertos aquellos que estén registrados (en blanco) y que tengan una antigüedad mínima de 12 meses al momento de terminar el contrato.
¿Cómo se financia?
Los empleadores deben depositar todos los meses un porcentaje del sueldo de sus empleados:
Grandes empresas: Pagan el 1%.
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs): Pagan el 2,5%
Este dinero se deposita a través de ARCA (ex-AFIP) en una cuenta individual a nombre de la empresa
Como beneficio, lo que la empresa paga al FAL se le descuenta de otras cargas sociales que ya pagaba antes
¿Quién maneja el dinero?
El dinero no lo guarda el Estado ni la empresa, sino entidades habilitadas (como administradoras de fondos comunes de inversión o fideicomisos) autorizadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV)
Estas entidades invierten el dinero para que no pierda valor
¿Cómo se cobra?
Cuando un trabajador debe recibir una indemnización:
El empleador le avisa a la entidad que maneja su fondo mediante una declaración jurada
La entidad verifica que los datos sean correctos
El pago se hace directamente a la cuenta bancaria del trabajador en un plazo máximo de 5 días hábiles
Datos clave
Inembargable: El dinero del FAL no puede ser embargado por otras deudas que tenga la empresa
Fecha de inicio: Aunque la ley mencionaba junio de 2026, la reglamentación postergó su entrada en vigencia para el 1 de noviembre de 2026
Carencia: El fondo recién empieza a cubrir pagos después de que la empresa haya aportado durante al menos 6 meses

- Alvaro Iriarte
- Contador Público UBA
- Especialista en sueldos
- Capacitación y consultoría a empresas.
- Autor del libro “ABC de Sueldos y Jornales” – Editorial La Ley
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