Se aprueba la emisión del certificado previsto en el artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 modernizando el procedimiento y centralizando la información a través de ARCA
Emisión digital obligatoria del Certificado Articulo 80
El empleador deberá confeccionar el certificado mediante el sistema Simplificación Registral de ARCA, generando el formulario F.984 Certificado de Trabajo Artículo 80 LCT
Se prevén dos modalidades:
- Formato digital
- El certificado se emite electrónicamente.
- La validación del empleador se realiza mediante ingreso con clave fiscal, sin necesidad de firma digital.
- El trabajador podrá descargarlo desde el servicio “Trabajo en Blanco”.
- Formato físico
- El sistema permite imprimirlo por duplicado.
- Debe contener firma del empleador y del trabajador.
- El original queda para el trabajador y el duplicado para el empleador.
Información utilizada para confeccionar el certificado
El sistema tomará automáticamente datos provenientes de las bases registrales de ARCA, incluyendo:
- Altas y bajas laborales.
- Modificaciones de relaciones laborales.
- Liquidaciones salariales informadas.
- Declaraciones juradas F.931.
- Aportes y contribuciones de seguridad social.
Esto reduce errores manuales y unifica la información laboral registrada.
Períodos anteriores a julio de 1994
Cuando existan servicios anteriores a julio de 1994, el empleador deberá complementar el certificado digital con una constancia adicional confeccionada manualmente sobre la base de los libros laborales históricos.
Modificaciones al sistema Trabajo en Blanco
Los trabajadores podrán:
- Consultar su situación registral.
- Obtener el Certificado Digital de Ingresos Laborales (CDIL).
- Descargar el Certificado Art. 80 emitido por el empleador.
- Informar irregularidades mediante el “Buzón de Observaciones”.
El CDIL incorporará código QR para validar autenticidad y consultar datos de remuneraciones y empleadores.
Acceso al sistema
El acceso podrá realizarse mediante:
- Clave Fiscal nivel 2 o superior.
- Home Banking de entidades homologadas.
Certificado de Servicios y Remuneraciones
El certificado previsto por la Ley 24.241 continuará emitiéndose mediante ANSES, pero integrado con el sistema Simplificación Registral.
Impacto laboral y práctico
La resolución implica:
- Digitalización del certificado laboral.
- Mayor trazabilidad y control registral.
- Disminución de documentación manual.
- Facilidades para el trabajador al acceder online a sus certificados.
- Mayor fiscalización sobre inconsistencias entre registración y liquidaciones salariales.
También aumenta la importancia de que los empleadores mantengan correctamente actualizados:
- Altas y bajas.
- Remuneraciones declaradas.
- Presentaciones F.931.
- Datos de registración laboral.
Vigencia
La norma entró en vigencia el 15 de mayo de 2026, fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

- Alvaro Iriarte
- Contador Público UBA
- Capacitación y consultoría a empresas
- alvaro.iriarte.uba@gmail.com
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