Certificado de Trabajo Artículo 80 LCT
Conforme al artículo 80 LCT vigente y a la RG ARCA 5848/2026, el empleador puede cumplir íntegramente la obligación mediante la generación digital del certificado en Simplificación Registral, sin necesidad de imprimirlo ni obtener la firma del trabajador.
Se recomienda solicitarlo, generarlo y emitirlo en formato digital.
Dentro de los 45 días hábiles posteriores a la extinción del contrato, el empleador debe:
- Ingresar en ARCA con clave fiscal.
- Acceder a Simplificación Registral.
- Seleccionar Otros Servicios.
- Ingresar en Certificado art. 80 LCT.
- Completar o verificar la información, incluyendo
- Generar el formulario F.984 “Certificado de Trabajo Artículo 80 – LCT”.
- Elegir la opción formato digital.
- Una vez emitido digitalmente, el certificado queda disponible para el trabajador en el servicio “Trabajo en Blanco” de ARCA. Esa puesta a disposición permite considerar cumplida la obligación legal.
- La identificación del empleador queda validada mediante el ingreso al sistema con clave fiscal.
Recomendación práctica
- Aunque la normativa considera cumplida la obligación con la puesta a disposición digital, resulta recomendable:
- Guardar el F.984 emitido y la constancia de generación.
- Verificar que el certificado aparezca como digital.
- Conservar una captura o comprobante del estado de emisión.
- Informar al trabajador por correo electrónico, carta documento o medio laboral habitual que el certificado se encuentra disponible en “Trabajo en Blanco”.
Diferencia entre el certificado de trabajo y la certificación de servicios de ANSES
- Certificado de trabajo del artículo 80 LCT
- Tiene por finalidad acreditar las principales características de la relación laboral. Debe contener:
- Datos de la relación laboral.
- Fecha de ingreso y egreso.
- Función desempeñada.
- Capacitaciones, cursos o entrenamientos realizados.
- Constancia del ingreso de los aportes y contribuciones a la seguridad social.
- Demás información laboral y remuneratoria incorporada al sistema.
- El empleador debe generarlo mediante el servicio “Simplificación Registral” de ARCA, utilizando el formulario F.984. Puede emitirse en formato físico o digital.
- Cuando se genera digitalmente, queda disponible para el trabajador en el servicio “Trabajo en Blanco”, con lo cual se considera cumplida la obligación de entrega prevista en el artículo 80 LCT.
Certificación de Servicios y Remuneraciones de ANSES
Es un documento de naturaleza principalmente previsional. Su finalidad es acreditar ante ANSES:
- Los períodos trabajados.
- Las remuneraciones declaradas.
- Los servicios prestados.
- Los aportes necesarios para el reconocimiento de servicios y la futura tramitación de beneficios previsionales.
- Se confecciona mediante el sistema de ANSES al que el empleador accede desde “Simplificación Registral”, en la opción “Certificación de Servicios – ANSES”.

- Alvaro Iriarte
- Contador Público UBA
- Capacitación y consultoría a empresas
- alvaro.iriarte.uba@gmail.com
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