ART Aseguradora de Riesgos del Trabajo CFE Alvaro Iriarte

ART Aseguradora de Riesgos del Trabajo

ART Aseguradora de Riesgos del Trabajo

La Aseguradora de Riesgos del Trabajo ART es un seguro obligatorio que debe contratar y costear el empleador.

Su objetivo principal es asesorar en medidas de prevención y reparar los daños a la salud de los trabajadores en caso de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

  • Regulación: Las ART son empresas privadas autorizadas para funcionar por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo SRT y la Superintendencia de Seguros de la Nación SSN, organismos que fiscalizan su solvencia financiera y capacidad de gestión.
  • Autoseguro: El sistema permite que los empleadores se autoaseguren en vez de afiliarse a una ART. Para ello, deben demostrar capacidad técnica y financiera para brindar por sí mismos las prestaciones médicas, dinerarias y preventivas, requiriendo una aprobación especial de la SRT.
  • Modalidad de Pago: La cuota de la ART se declara e ingresa mensualmente a través del Formulario F.931 Cargas Sociales presentado ante la ARCA, organismo que luego redistribuye los fondos a la aseguradora seleccionada.

Composición de la Cuota y el Fondo Fiduciario FFEP

La cuota mensual de la ART que abona la empresa se compone de:

  1. Un concepto variable (un porcentaje de la masa salarial)
  2. Un concepto fijo por cada trabajador

Dentro de este componente fijo se incluye un monto destinado al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales FFEP.

Este fondo fue creado originalmente por el Decreto 590/97 como Fondo para Fines Específicos y renombrado en el año 2000 mediante el Decreto 1278/00

Mecanismo de Actualización 

La Resolución MTEySS 649/2022 define la actualización mensual donde la Gerencia de Control Prestacional de la SRT emite una Disposición todos los meses fijando el nuevo valor aplicable.

Criterio del RIPTE Se sigue utilizando la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) como índice indexatorio y no decreciente, pero midiendo la evolución mes a mes.

Desfase de Cálculo El incremento se calcula tomando la variación del índice salarial con dos meses de rezago.

Por ejemplo, para determinar el monto del devengado de marzo, se evalúa la variación del RIPTE entre diciembre y enero.

Alvaro Iriarte Capacitacion

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