Regimen de incentivo a la formalizacion laboral rifl Alvaro Iriarte

Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral Alvaro Iriarte

Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral

ARCA reglamentó el RIFL por medio de la Resolución General 5844

CP Alvaro Iriarte

Los empleadores ya pueden adherirse al Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) contemplado en la ley 27.802.

A través de la Resolución General 5844/2026ARCA puso en marcha este esquema que introduce una reducción significativa de costos laborales y promueve la incorporación de trabajadores al empleo registrado.

El nuevo régimen permite a las empresas reducir las contribuciones patronales para las incorporaciones realizadas entre el 1° de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027.

Período de aplicación

El beneficio se extiende por un período de hasta 48 meses desde el alta de cada trabajador, lo que configura un incentivo sostenido en el tiempo para la formalización.

Podrán acceder al RIFL los empleadores del sector privado. En cuanto a los trabajadores alcanzados, deberán encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:

  • No haber tenido una relación laboral registrada al 10 de diciembre de 2025.
  • No haber trabajado en relación de dependencia en el sector privado durante los 6 meses previos al alta.
  • Haber estado inscriptos en el monotributo con anterioridad al alta laboral.
  • Haber tenido su último empleo en el sector público (nacional, provincial, municipal o de CABA).

Reducción

En términos operativos, el régimen establece una fuerte reducción de la carga contributiva. Las alícuotas aplicables serán:

  • 2 % destinado al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), Fondo Nacional de Empleo y Asignaciones Familiares.
  • 3 % correspondiente al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP).

Este esquema implica una disminución sustancial respecto de las contribuciones vigentes, lo que mejora la ecuación económica de la contratación formal.

Procedimiento de adhesión

Para acceder al beneficio, los empleadores deberán registrar a los nuevos trabajadores en el servicio Simplificación Registral, utilizando el código de modalidad de contratación 710 – Régimen de Incentivo para la Formalización Laboral Ley 27.802.

Asimismo, en el sistema Declaración en línea se deberá consignar ese mismo código a efectos de la determinación nominativa de aportes y contribuciones. El sistema aplicará automáticamente las alícuotas reducidas.

Con este fin, el organismo pondrá a disposición el release 7 de la versión 47 del sistema, incorporando las adecuaciones necesarias para la implementación del régimen.

La reducción alcanza a las contribuciones con destino al SIPA, INSSJP, Fondo Nacional de Empleo y Régimen de Asignaciones Familiares, conforme lo previsto en el artículo 159 de la ley.

Ingresos complementarios

Finalmente, el esquema mantiene flexibilidad para los trabajadores, quienes podrán complementar sus ingresos tanto dentro del régimen general como a través del monotributo.

Alvaro Iriarte Capacitacion

  • Alvaro Iriarte
  • Contador Público UBA
  • Especialista en sueldos
  • Capacitación y consultoría a empresas.
  • Autor del libro “ABC de Sueldos y Jornales” – Editorial La Ley

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